lunes, 24 de marzo de 2014

LA TRAMPA DE GALLARDÓN

Artículo original de Jorge Benito que fué publicado en 'Cartas al Director' de Diario La Rioja el domingo 23/03/14.


La trampa de Gallardón
 Estos días en que la ley Gallardón está centrando una parte importante de la atención, encuentro, por una parte, voces pro-vida, argumentando que es mejor que la anterior y por otra parte, opositores tachándola de malísima alegando que es mucho más restrictiva. ¿Pero es realmente la ley Gallardón mucho más restrictiva que la de Aído?. Quienes defienden el anteproyecto alegan que éste ya no considera el aborto como derecho, pero leyendo su artículo 4º, el aborto a petición resulta acorde con los supuestos de la ley y además se establece que debe ser incluido en la cartera de servicios asistenciales del Sistema de Salud (artículo 5º).
Es decir, la ley dice no considerar el aborto como un derecho, pero luego reconoce que en la práctica debe ser mantenido como tal en los supuestos contemplados. Por otro lado está el asunto de las condenas a las mujeres: sorprendentemente la ley Aído criminaliza a la mujer que comete aborto fuera de los plazos previstos (art. 145. 3 de la Ley Orgánica 2/2010), mientras que el anteproyecto Gallardón deja impune a la mujer que con su consentimiento aborta fuera de los supuestos contemplados (arts. 145.3 y 146.2 del anteproyecto). Otro argumento de partidarios del anteproyecto de Gallardón es que ha eliminado el supuesto por malformación. Sin embargo, el propio ministro de Justicia y destacados miembros del PP declararon que la malformación provoca una situación de “riesgo” para la salud psíquica de la madre y en consecuencia, abortar se convierte en un derecho cuando dos informes médicos digan justificar dicha situación. Y no creo que sea mucho más difícil encontrar dos o más facultativos dispuestos a firmarlos; basta mencionar la enorme cantidad de dinero e influencias que mueve el cártel del aborto en España o el escándalo de los informes firmados con el nombre de la mujer en blanco encontrados en centros del abortista Morín.

 Otro argumento esgrimido,  para considerar más restrictiva la Ley Gallardón es que con la Ley Aído se puede abortar libremente en las 14 primeras semanas, mientras que con la ley Gallardón sólo puede hacerse dentro de unos supuestos. Ahora bien, al haber mantenido el PP como supuesto para matar el del “riesgo psíquico de la madre”, se puede concluir, que esta diferencia entre plazos o supuestos es irrelevante en la práctica, volviéndose, de hecho, al coladero de la ley de 1985.

 Respecto al consentimiento informado, la ley Gallardón indica que la mujer puede realizar la reflexión con el progenitor siempre que ella lo admita (art. 3º pto.7.ter), aspecto que no estaba limitado en la ley Aído, y que por defecto la información será verbal (art 4.2 ley Gallardón) mientras que la ley Aído indica que debe ser entregada físicamente y firmada su recepción además de que si lo desea la embarazada, también podría proporcionársele verbalmente.

 Por supuesto, en ambos casos no se exige mostrar a la embarazada unas simples ecografías de su bebé, no digamos ya imágenes de la espantosa realidad del aborto provocado con la que se tortura hasta la muerte al bebé por nacer mientras que paralelamente se obliga a visionar dolorosas imágenes de las consecuencias del tabaco antes de fumar o de imágenes durísimas de accidentes de tráfico en campañas de la DGT.

 No puede sin embargo ocultarse que con la ley Gallardón las menores necesitarían consentimiento paterno o del Juez para cometer un aborto y que las empresas abortistas no podrían anunciarse.

 Entonces cabe preguntarse: ¿Es realmente el PP un partido pro-vida? Me temo que lo es tanto como Pilato cuando condenó a muerte a Jesucristo por no querer buscarse problemas.

Jorge, Benito Daniel
Portavoz de AbortoNo.org